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Actividad que, se restringe a compraventa de bien inmueble.
para las Empresas Inmobiliarias
Designar al Oficial de Cumplimiento OC, quien es la persona de contacto para las comunicaciones entre la empresa y la UIF-Perú.
Identificar al cliente y al beneficiario final en el momento de iniciar relaciones comerciales y a lo largo de la relación comercial.
Aplicar los procedimientos de debida diligencia de conocimiento del cliente DDC para la identificación de los clientes en cada operación.
Identificar al beneficiario final BF de los servicios o productos que se suministre y tomar las medidas razonables para verificar su identidad.
Implementar una política de debida diligencia en el conocimiento de los trabajadores y directores de la empresa y establecer sus perfiles.
Aplicar procedimientos de debida diligencia en el conocimiento de los proveedores, de conformidad con lo dispuesto en la Norma.
Los trabajadores y directores, deben recibir dentro de un año calendario, al menos una capacitación en materia de prevención y detección del LA/FT.
Se debe llevar y mantener actualizado un registro de operaciones (RO) de conformidad con lo establecido en la Norma.
Comunicar a la UIF-Perú las operaciones detectadas en el curso de sus actividades, que sean consideradas como sospechosas.
Se debe contar con un manual y un código, de obligatorio cumplimiento, conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley UIF.
Las empresas de un mismo grupo económico, que cuenten con un OC corporativo, deben desarrollar procedimientos corporativos.
El OC debe elaborar y remitir a la UIF-Perú un informe anual sobre el cumplimiento de las políticas y procedimientos del SPLAFT.
Desarrollar e implementar procedimientos de identificación y evaluación de los riesgos de LA/FT, a los que se encuentre expuesto.
Remitir y conservar la información relacionada con el SPLAFT y aquella que sustente el cumplimiento de la Norma.
El diseño y aplicación del SPLAFT debe ser evaluado por auditoría interna; y por una sociedad de auditoria externa de ser el caso.
Se debe guardar absoluta reserva de las comunicaciones, operaciones, registros e información solicitada y/o proporcionada a la UIF-Perú.
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